EXIGENCIAS “liberales” versus APREMIOS “republicanos”.
Desde que en las Cortes de Cádiz, a inicios del siglo XIX y por exigencia instrumental del discurso político, surgiese la voz “liberal”, mucha agua se ha arrimado a su molino, convirtiendo al Liberalismo en corriente de pensamiento filosófico político que ha desatado encendidos debates de significación sustantiva.
Despojado de su
identidad estrictamente política, porque han de saber quiénes tengan la
gentileza en leernos, que el Liberalismo es eso “estrictamente político” que no económico, ha servido a cuanta
identidad se le ha propuesto o encasquetado, al convertirlo más en vocablo
común que como concepto formal en Filosofía Política y como aplicación posible
en la problemática que plantea de cotidiano la Teoría Política.
Pero el caso que
nos ocupa, en estas líneas, son las actuales “exigencias”
liberales respecto de nuestros verdaderos “apremios”
hispanoamericanos que, según nuestro
particular modo de ver, son en realidad de naturaleza “republicana”. Y alguien, en el zenit de la exigencia discursiva, a
más de ausente a la vez del conocimiento que fructifica, en la exploración de
la Filosofía Política, así como en los temas de aplicación de la Teoría
Política, podría verse impelido a increparnos airada y resueltamente sobre tal
proposición. Vayamos pues al cruce de espadas argumentativas a ver quien recibe
el primer “touché”.
Al Liberalismo,
político en su natura reiteramos, le preocupa esencialmente el tema de la
libertad. Sea esta asignatura de naturaleza individual o comunitaria, de donde
devienen entonces el Liberalismo
Libertario y su contraparte, el Liberalismo
Comunitario, se han dado a la tarea actual en Hispanoamérica (una vez
más) de “vender” al Liberalismo como la “filosofía
de la libertad plena”, concentrándose en su versión tocada de sombrero
económico que un día (malhadado por cierto) le arrequintaran desde su limitado
reducto económico Hayek, Friedman y Fukuyama. Con sorprendente parecido
estructural a la estadounidense “República
de la Sociedad Comercial”, este “liberalismo
económico” pretende asumir características omnicomprensivas de la realidad.
Y, en tal sentido, se confunden sus exigencias sobre “libertad financiera”, “libertad económica” y “libertad comercial”
como verdaderas y únicas “exigencias
liberales”, condiciones de naturaleza imprescindible para salir de este
letargo “nuestro de todos los días”
en los que ya llevamos dos centurias por estos predios.
El ejercicio de
la libertad en nuestra región hispanoamericana y desde nuestro muy particular
punto de vista científico político (más allá de que se trate de la “positiva” o la “negativa” de Isaiah Berlin), implica la satisfacción de ciertos
aspectos instrumentales de “forma”
antes que tocar “fondo”. Y ante las acuciantes preguntas ¿Puede la
libertad ser sometida a condiciones de “forma”?
¿Tales condicionantes, sin ser plena y ampliamente definidos, no podrían más
bien transformarse en “mordazas”?
Responderemos desde este lado de la “pedana”
con un movimiento ligeramente sinuoso y en alguna medida confuso: Sí y no…
¿Cómo?...Preparémonos para argumentar respecto del “Sí”, que constituye la columna vertebral de este corto artículo.
“El ejercicio de la libertad plena nos llevaría al
estado de naturaleza de Hobbes”; la proposición
anterior es una máxima en la que se encuentran Filosofía y Teoría Política,
vale decir, pensamiento y acción en política real. Esa máxima supone en
consecuencia la renuncia de parte de la libertad individual en función de
cierta “libertad colectiva” que
debería conducirnos a la convivencia, condición sine cua non de la gregaria supervivencia humana. El ejercicio de
esa “libertad colectiva” no está
garantizada por el simple ejercicio moderado de las conciencias individuales,
tal y como si se tratase de una sumatoria simple de guarismos, para lograr un
valor mayor. No; tienen que existir “reglas”
y quienes “administren” la aplicación
de esas “reglas” (organicidad
normativa). De allí devienen la
existencia de las “leyes” y las “instituciones” concebidas para su
aplicación y la observación de su cumplimiento. Las “leyes” las decide un soberano o una asamblea que representa la “soberanía del colectivo”, mediante el
ejercicio sistemático y permanente del “parlamento”.
Del cumplimiento de esas leyes depende, en consecuencia, “el bien común”. De manera que como conclusión de nuestro
razonamiento, “el ejercicio de la
libertad colectiva, es solo posible bajo el imperio de la ley, teniendo como
meta el bien común” y esta proposición es, fundamentalmente, la esencia del
Republicanismo. La tragedia de
nuestras naciones es precisamente esa: carecer
de leyes que apunten al bienestar colectivo, bajo la administración,
supervisión y control de instituciones permanentes, estables y duraderas.
De ahí que las “exigencias liberales” son
solo posibles en el contexto de un tejido institucional que represente al
común, en un marco legal decidido ampliamente por las mayorías y en función del
bien común.
En tal sentido,
antes que “exigencias liberales”, se
imponen “apremios republicanos”.
Tener Repúblicas primero; construirlas con preeminencia bajo el imperio de la
ley común y con el derrotero del respeto a instituciones parlamentarias, que
construyan con independencia de intereses individuales, grupales o partidistas,
la estructura legal de una nación; instituciones ejecutivas, que se encarguen
de cumplir y hacer cumplir las leyes; y sus contrapartes judiciales, que velen
por la correcta administración de justicia, más allá de amagos de poder o
representación de intereses obscuros. “Apremio
Republicano” debería ser nuestra máxima. Dejemos la “exigencia liberal” para tiempos mejores.
Necesaria es la República no la configuración
erróneamente “liberal” de un negocio político financiero, para el lucro de un grupo. Patria de
verdad, no comercio para unos pocos. Patria: no botín de y para bandas de mafiosos inescrupulosos, menos hablando en mentirosa clave marxista. Patria de la gente, para la gente y por la gente...
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